De conformidad con su Estatuto, la estructura territorial de AEMET consta de:
Recursos humanos
AEMET cuenta con más de 1200 efectivos adscritos a una estructura organizativa descentralizada para garantizar la óptima prestación de sus servicios.
Aproximadamente el 35% de los efectivos está ubicado en los servicios centrales localizados en Madrid, mientras que el 65% desarrolla las competencias atribuidas en el artículo 149.1.20 de la Constitución Española en las delegaciones territoriales que abarcan la totalidad de nuestro Estado autonómico.
Las funciones atribuidas a AEMET se desarrollan por una plantilla multidisciplinar integrada por personal laboral, funcionarios de carrera de cuerpos propios de meteorología así como cuerpos generales, además de funcionarios interinos y becarios.
Presupuesto
El presupuesto total autorizado para esta Agencia en 2023 asciende a 133.758.140 euros.
Otro de los apartados más significativos del presupuesto es el de gastos de personal, que supone aproximadamente el 32% de los créditos definitivos, hecho derivado de la propia naturaleza de las funciones que AEMET tiene atribuidas, y que se complementa con el alto porcentaje también en gastos corrientes.
En lo que respecta al presupuesto de ingresos, las mayores fuentes de financiación de AEMET están representadas por transferencias, corrientes y de capital, que radican en las aportaciones recibidas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (conceptos 400 y 700 del presupuesto de ingresos) y por los ingresos procedentes de la prestación de servicios (concepto 319 del presupuesto de ingresos).
Cuentas anuales
Las cuentas anuales de AEMET reflejan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución del presupuesto de la entidad contable, rindiéndose conforme a lo establecido en el artículo 128 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y en la Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado, aprobada por Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.
A continuación pueden consultarse las cuentas de los anteriores ejercicios económicos.
Contratación
El Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de AEMET, establece en su artículo 34 que "La contratación de la Agencia se rige por la normativa de contratos aplicables al sector público".
En cuanto a las competencias en materia de contratación, el Estatuto de AEMET establece en su artículo 11 el conjunto de competencias que corresponden al Presidente de AEMET, que ostenta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.1 del Estatuto, la doble condición de órgano de gobierno al que se atribuye la máxima representación institucional de la Agencia, y órgano ejecutivo, al que corresponden las funciones inherentes a la dirección y gestión ordinaria de la misma. Dentro de estas últimas se encuentran, entre otras, las que el Presidente de AEMET debe ejercer como órgano de contratación.
La Resolución de 6 de febrero de 2009 regula la delegación de competencias del Presidente, que en materia de contratación se realiza en los siguientes términos:
Por otra parte, de conformidad con el artículo 320 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), se constituye la Mesa de Contratación de AEMET como órgano colegiado de asistencia en los procedimientos de adjudicación de contratos abierto, restringido y negociado con publicidad para la apertura, calificación, valoración de ofertas y propuesta de adjudicación, estableciéndose su composición por Resolución de 9 de octubre de 2012.
La actividad contractual de AEMET se caracteriza por el uso casi exclusivo del procedimiento abierto.
Tecnologías de la información y telecomunicaciones (TIC): AEMET posee una red de comunicaciones de alta velocidad que conecta todas las instalaciones de AEMET en estrella con un nudo central instalado en los servicios centrales.
También se dispone de dos conexiones de acceso a Internet de 100 y 200 Mbps garantizados. La elaboración de las predicciones y avisos de fenómenos adversos se realizan con las salidas del modelo global del Centro Europeo de Predicción a Plazo Medio (CEPPM), que es un organismo internacional al que contribuye España, a través de AEMET, con una cuota anual de 4 millones de euros.
Estos modelos numéricos se utilizan como entrada de los modelos de área limitada de AEMET, como son HIRLAM v7.2 con asimilación de datos (resolución 16 y 5 km) y HARMONIE (en experimentación) con resolución 2,5 km.
El centro de proceso de datos cuenta con un superordenador Bullx B710, cuya configuración final consistirá en 8 armarios Bullx 1200 DLC, con una potencia pico de cálculo de 168 Tflops (unas 75 veces más potente que el ordenador sustituido). Se utilizan también los recursos computacionales del CEPPM para correr modelos en desarrollo (HARMONIE y otros).
También posee un área de almacenamiento tipo NAS en nodos distribuidos, para almacenamiento de información meteorológica (incluyendo archivo histórico) con unos 700 Terabytes de capacidad neta en discos magnéticos.
Datos de satélites meteorológicos. Recepción y proceso de imágenes y datos de los satélites geoestacionarios METEOSAT y GOES-este y de los polares TIROS-NOAA y METOP.
Red de observación