Voto por correo
El voto por correo, también llamado voto postal o voto epistolar, es una de las modalidades de voto a distancia. Describe el método de votación en elecciones por el que las papeletas se distribuyen a los electores y/o se devuelven principalmente por correo postal, en contraste con la asistencia personal del elector a una mesa electoral y con el sistema de voto electrónico. En Estados Unidos las papeletas solicitadas por correo también pueden ser devueltas personalmente por la persona que las solicitó en centros de votación o en sitios destinados a ese fin. En muchos países democráticos, este método de votación se ofrece a los votantes únicamente bajo solicitud.
Beneficia a las personas que no pueden asistir en persona a los sitios donde votar, bien sea por una discapacidad física o por incapacidad económica.
Por otro lado, se plantean dudas acerca de si el voto por correo cumple las garantías del voto secreto, ya que la gente arroja su voto fuera de la seguridad de una mesa electoral. Ha habido casos de fraude electoral con los votos por correo en el Reino Unido (incluyendo las elecciones al parlamento europeo y local de Birmingham en 2004).[1][2][3]
Por país
[editar]España
[editar]En elecciones generales, europeas, autonómicas o municipales, los electores que lo deseen pueden emitir el voto por correo previa solicitud en una oficina de un operador postal, previamente designado por el Gobierno.
La solicitud debe presentarse personalmente, o mediante un representante en caso de enfermedad o incapacidad acreditada por medio de certificación médica.
Hasta la fecha, en todas las elecciones democráticas celebradas, el operador postal para los derechos de gestión del voto por correo ha sido Correos, dependiente del Ministerio de Hacienda.
México
[editar]Las elecciones federales de 2006 fueron las primeras de México en las que se permitió el voto a distancia para las personas residentes en el extranjero (a través del voto por correo), en conformidad con los artículos 313 al 339 del COFIPE.[4] [5] La Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero se forma con las personas que lo solicitan al Instituto Federal Electoral,[6] quien entonces envía las boletas electorales al extranjero.[7]
Véase también
[editar]Referencias
[editar]- ↑ Judge upholds vote-rigging claims (BBC, 4. april 2005)
- ↑ New fears over postal vote fraud - Guardian, 13 de abril de 2005
- ↑ Labour to halt postal vote fraud but only after election - Times, 11 de abril de 2005
- ↑ Instituto Federal Electoral. «¿Qué ley respalda tu derecho a votar?». Archivado desde el original el 30 de enero de 2012. Consultado el 27 de mayo de 2012.
[...] la reforma electoral de 2005 permitió por primera vez, que los ciudadanos que residen en el extranjero pudieran ejercer su derecho al voto. Este derecho quedó estipulado en el Libro Sexto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), denominado "Del Voto de los Mexicanos Residentes en el Extranjero". (Artículos del 313 al 339 del COFIPE). En dicho Libro, se establecen los requisitos, procedimientos, prohibiciones y atribuciones que deben realizar la autoridad electoral, los partidos políticos y los ciudadanos mexicanos para poder emitir su voto desde cualquier parte del mundo.
- ↑ Secretaría de Gobernación (14 de enero de 2008). «Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales». México, D. F.: Diario Oficial de la Federación. Archivado desde el original el 31 de mayo de 2012. Consultado el 27 de mayo de 2012.
- ↑ Instituto Federal Electoral. «Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero». Archivado desde el original el 17 de junio de 2012. Consultado el 27 de mayo de 2012.
Es la lista nominal elaborada por el Instituto Federal Electoral (IFE) que contiene el nombre de las personas que entre el 1 de octubre de 2011 y el 15 de enero de 2012 enviaron su inscripción para votar desde el extranjero y ésta se declaró como procedente. [...] De acuerdo con la ley electoral vigente, el plazo para que los ciudadanos enviaran sus solicitudes de inscripción a la LNERE concluyó el 15 de enero y el periodo de recepción de las mismas terminó el 15 de febrero de 2012. La LNERE definitiva estará conformada hasta el 31 de marzo; sin embargo, ésta puede modificarse hasta el 15 de mayo, cuando el Consejo General apruebe la LNERE definitiva.
- ↑ Instituto Federal Electoral. «Pasos para votar». Archivado desde el original el 17 de junio de 2012. Consultado el 27 de mayo de 2012.
Entre el 16 de abril y el 20 de mayo de 2012, el IFE te enviará tu Paquete Electoral Postal (PEP) a la dirección en el extranjero que hayas proporcionado.